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El Consejo Nacional de la Industria Maquiladora y Manufacturera de Exportación (Index) aseguró que no tendrán los márgenes ni ganancias suficientes para pagar dos veces el IVA como lo propone el SAT en una controversia para resolver una contradicción de tesis en la Suprema Corte.
“De aprobarse por la Suprema Corte, doble cobro del IVA, se generarán cargas financieras a los contribuyentes cuyos márgenes en la mayoría de los casos no son suficientes para pagar el IVA dos veces”, afirmó el organismo dirigido por Humberto Martínez.
“Expresamos un extrañamiento ante la propuesta de doble medida recaudatoria por parte del Sistema de Administración Tributaria (SAT) y que será analizada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a partir del próximo jueves 27 de febrero”, manifestó el órgano empresarial.
Agregó que la industria maquiladora ha sido un gran impulsor de la creación de la regla del SAT para operaciones virtuales con clave V5.
“Consideramos difícil de concebir que legalmente, la Ficción Jurídica no tenga plenos efectos legales -incluyendo los fiscales- pues la piedra toral de la facilidad contenida en la Regla radica en que jurídicamente la mercancía exportada virtualmente se encuentra en todo momento fuera del territorio nacional hasta que es introducida o importada en forma definitiva por los importadores que utilizan el pedimento con clave V5”, expuso.
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“Desafortunadamente, lo que originalmente fue creado para evitar sacar o retornar mercancías producidas por las maquiladoras al extranjero, especialmente a Estados Unidos, para inmediatamente volver a importar una parcialidad para el consumo en México, terminó por convertirse en un mecanismo que algunos auditores del SAT pretendieron aprovechar con diferentes criterios para utilizar este mecanismo de pedimentos V5 como una medida super recaudatoria, cobrando el IVA dos veces”, afirmó.
Añadió que la “Ley del IVA apoya el precepto de no cobrar dos veces el IVA, cuando dice no efectuarán la retención [por enajenación] a que se refiere este artículo las personas físicas o morales que estén obligadas al pago del impuesto exclusivamente por la importación de bienes”.
Los importadores virtuales de pedimentos con clave V5 están obligados exclusivamente al pago del IVA por la importación, explicó.
“Claramente la Ley del IVA de manera justa manda el no doble pago del IVA”, manifestó.
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“En otras palabras, si lo pagas en la importación no lo pagas en la enajenación”, enfatizó.
“El espíritu de la Ley del IVA (2º párrafo, Art. 1-A) y la intención del legislador es clara, simple, justa y razonable. Hacemos votos porque la Suprema Corte honre el espíritu de la ley… No cobrar doble IVA”, expuso.
“Lo que comenzó como una buena regla que aliviaría, tanto la carga del gasto público como el de las empresas, resultó en un doble juego para cobrar doble IVA, no a las maquiladoras, sino a los importadores”, agregó.
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Autor: Enrique Hernández