
Pilotar un dron puede ser una experiencia divertida y, además, permite obtener fotos y vídeos espectaculares. Pero un dron o aeronave no tripulada no es un juguete. Conviene saber cuál es la normativa vigente y qué precauciones deberías tomar si estás interesando en, por ejemplo, volar un dron en ciudad.
Existen ciertas prohibiciones y normas de uso en función de su tamaño, peso y funciones. El propósito de ellas es, cómo no, evitar accidentes que, además de afectar a tu dron, dañen la propiedad. O, peor, que causen heridas en personas, de manera directa o indirecta.
Para empezar, en España se aplica una normativa europea relativamente reciente y que se está implementando en varias fases. Concretamente, el 25 de junio de 2024, entró en vigor la nueva normativa nacional de UAS (Real Decreto 517/2024) que regula todos los aspectos relacionados con el manejo de drones.
A nivel europeo, la agencia responsable sobre temas aéreos y, más concretamente, sobre aeronaves no tripuladas y drones, es la EASA (Agencia Europea de Seguridad Aérea). En España, su equivalente estatal es la AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea). Veamos ahora qué dicen estas agencias sobre cómo volar un dron en ciudad.
¿Qué dice la normativa actual sobre volar un dron en ciudad?
Foto por Dose Media en Unsplash
La normativa vigente actualmente en España entró en vigor el 25 de junio de 2024. Antes de entrar en vigor, la norma anterior decía que solo se puede volar drones en ciudad sin previo aviso si se trata de un vuelo recreativo. Pero estas distinciones, recreativo o profesional, pasan a segundo plano. Lo importante, en la nueva normativa, es la categoría de vuelo del dron. Como vimos en un artículo anterior, los drones se pueden clasificar en dos categorías: categoría abierta y categoría específica. Y, dentro de la primera, hay tres categorías o subcategorías: A1 (drones de hasta 250 gramos), A2 (drones de hasta 2 kg) y A3 (drones de hasta 25 Kg).
Estas categorías clasifican el tipo de vuelo de drones. Y cada uno tiene unas determinadas normativas. La primera afecta a pilotos u operadores de dron recién llegados, amateurs o profesionales de perfil bajo. La categoría específica tiene que ver con aeronaves no tripuladas de grandes dimensiones que solamente pueden pilotar profesionales acreditados.
Por otro lado, conviene saber que el vuelo por ciudad o en un entorno urbano es aquel que se produce en zonas donde abundan núcleos de población y edificios. También se refiere a terrenos con accesos rodados, vías públicas pavimentadas, evacuación de aguas y alumbrado público. También afecta esta nomenclatura a parques y jardines urbanos de acceso público que estén delimitados por un perímetro vallado o cerrado, albergue concentraciones de personas de manera frecuente y tenga vías públicas de acceso para peatones.
¿Qué límites hay al volar un dron en España?
De manera general, hay ciertos límites que afectan a cualquier situación en la que vayas a volar un dron, sin importar que sea o no en ciudad o a campo abierto. Los más básicos e importantes de conocer son:
Evita volar a más de 120 metros de altura.
Evita volar a menos de 8 kilómetros de distancia de aeropuertos, aeródromos o espacio aéreo controlado.
Mantén el dron al alcance de la vista, también llamado volar en visual (VLOS). Salvo que vueles en categoría específica STS 02 (operaciones BVLOS).
Debes velar por el derecho a la intimidad de las personas que aparezcan en las imágenes captadas por el dron. Evita divulgarlas de forma pública de acuerdo a la Ley de protección de datos.
Otros aspectos a tener en cuenta y que hemos tratado más extensamente en otros artículos:
No estás obligado a contratar un seguro de responsabilidad civil, salvo contadas excepciones. Es decir, si vuelas en subcategoría A2 y categoría específica STS.
Si tu dron permite captar datos personales, debes registrarte como operador. El registro es gratuito y online. También afecta a drones de 250 gramos o más.
Si, además, tu dron pesa 250 gramos o más, debes solicitar una titulación.
Dependerá de la subcategoría el tipo de titulación que necesites y las pruebas que debas realizar, teóricas y/o prácticas. En otro artículo lo explicamos largo y tendido. Así como la vigencia de las titulaciones.
Volar un dron en ciudad según cada categoría
La categoría abierta es la que afecta a la mayoría de operadores o pilotos de drones. Como vimos antes, la categoría específica tiene que ver con aeronaves y vuelos muy técnicos y profesionales. La principal diferencia entre ambas categorías es que la específica o profesional, puede volar por encima de edificios. Por otro lado, la categoría abierta se divide en tres subcategorías: A1, A2 y A3.
Brevemente, las tres subcategorías de la categoría abierta se diferencian así:
Subcategoría A1: UAS o drones de clase C0 y C1. Hasta 250 gramos.
Subcategoría A2: UAS o drones de clase C2. Hasta 2 kilogramos de peso.
Subcategoría A3: drones o UAS de clase C3 y C4 de hasta 25 kilogramos.
Estos son los requisitos previos y límites al volar un dron en categoría abierta:
No puedes volar por encima de concentraciones de personas.
Tampoco puedes sobrevolar edificios salvo permiso del propietario. Esto incluye también casas, patios abiertos, zonas subyacentes, etc.
Mantener una distancia de seguridad horizontal de 10 metros de edificios y otras construcciones.
Comunica tu plan de vuelo al Ministerio del Interior con cinco días de antelación.
No puedes volar a más de 120 metros de altura en entorno urbano.
El vuelo debe estar controlado dentro del alcance visual del piloto (VLOS).
En espacio aéreo controlado, la altura máxima es de 60 metros.
En resumen, ¿dónde podemos volar?
Por otro lado, para saber dónde podemos volar un dron dentro o fuera de ciudad, conviene echar un vistazo al mapa oficial de ENAIRE. Se trata de la agencia española que gestiona la navegación civil aérea y los aeropuertos civiles en España. Este mapa se puede filtrar según el tipo de vuelo, recreativo o profesional. Y muestra zonas restringidas, fauna sensible, aeropuertos, aeródromos, zonas abandonadas, etc. Al seleccionar una zona concreta, verás si hay algún aviso relacionado con restricciones y en qué fechas están activas.
En resumen, según la guía oficial (en PDF) de requisitos y limitaciones al vuelo de UAS, las operaciones de UAS destinadas exclusivamente a actividades recreativas, así como a las lúdicas propias de las aeronaves de juguete sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados, únicamente está permitida a aeronaves de hasta 250 gramos que operen a una altura máxima no superior a 20 metros, siempre a la vista del piloto a distancia.
Y, por otro lado, “el uso profesional de UAS sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados, está limitada a UAS con masa máxima al despegue de 10 kg, a la vista del piloto y a una distancia horizontal máxima de 100 metros”. Encontrarás más información sobre la normativa de drones en este artículo y en la página oficial sobre Normativa de UAS/drones de AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea).
Fuente:
Autor: José María López