
Jornada a tiempo parcial / reducida: Aquellos que tengan contratos con menos de 37,5 horas de jornada, los trabajadores a tiempo parcial y los que tienen jornada reducida, tendrán derecho a seguir realizando el mismo número de horas de trabajo que viniesen realizando anteriormente. Lo mismo ocurrirá con los trabajadores con jornada reducida por cuidado de menor o familiares, o que tengan consideración de víctimas de violencia de género, violencia sexual o víctimas del terrorismo. En todos los casos anteriores, el salario se vería incrementado de forma proporcional una vez aplicada la jornada máxima ordinaria de 37,5 horas semanales. ¿Qué ocurrirá si no se cumplen estas modificaciones? Las sanciones serían aplicadas a la empresa por cada trabajador afectado, no de manera global, con multas que pueden variar de 1.000 a 10.000€, dependiendo de la gravedad de la infracción.Cómo afecta a cada sector: La reducción de la jornada se aplicará de manera general a todos los sectores, pero no todos se verán favorecidos de igual forma, ni la podrán aplicar con tanta facilidad. Así, entre los “afortunados” se situarían los sectores donde la productividad y la calidad del trabajo están estrechamente vinculadas al bienestar y la conciliación laboral, como el sector tecnológico, la consultoría, la educación y los servicios profesionales. Antonio Sas, director general de Betterfly, cree que también será ventajosa para industrias con alta rotación de personal, como el comercio y el sector servicios, ya que puede contribuir a mejorar la retención y el compromiso de los empleados.En el otro lado, el menos favorecido, estarían los autónomos y todos aquellos que facturen por horas a sus clientes, quienes se verán obligados a subir las tarifas o, en su defecto, a facturar menos. Y es que, como afirma la revista Fortune, “la reducción afectaría a unos 12 millones de trabajadores, sobre todo en el comercio minorista, la hostelería y la agricultura”. Por ello, y teniendo en cuenta que hay jornadas especiales que podrían necesitar ajustes, el Gobierno ha previsto un período de 18 meses (hasta el 31 de diciembre de 2026) para revisarlas y adaptarlas en consulta con sindicatos y asociaciones empresariales, analizar las particularidades de cada sector y determinar las posibles ampliaciones o limitaciones en la aplicación de la nueva normativa.Una vida mejor como objetivoEsta actualización se presta también a abrir otros debates relacionados con la conciliación laboral. Tal es el caso de la flexibilidad horaria, que busca la autonomía en el trabajador para que sea él quien se distribuya las horas semanales en función de la demanda de trabajo. Algo que no se menciona específicamente en el texto pero que, como afirma Alameda, al establecerse la duración máxima de la jornada en 37,5 horas semanales de promedio en cómputo anual, sí podría permitir cierta flexibilidad si se pacta en convenio colectivo. “Desde nuestro punto de vista, esta medida es precisamente una oportunidad para definir por defecto modelos en los que los empleados puedan distribuir las horas de manera más flexible, de forma que les permita cumplir sus objetivos y obligaciones y, al mismo tiempo, tener una mejor conciliación laboral”, amplía la experta.
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Autor: Victoria Bravo